Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Tomando en consideración lo solicitado por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, en razón de que los hechos en los cuales presuntamente se encuentra subsumida la conducta del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), se corresponden con el delito Violación de Domicilio, previsto y sancionado en el artículo 183 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Francisco Enrique Peña Contreras, siendo éste, uno de los penales, que sólo procede a instancia de parte agraviada, con fundamento en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se decreta y ordena la libertad plena del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). A tales efectos, se ordena librar la corresp.....