Por los fundamentos y motivos expuestos de esta decisión, éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Perención de la instancia.
SEGUNDO: Terminado el Proceso.
TERCERO: Se ordena Notificar a la parte demandante a los fines de hacer de su conocimiento el presente fallo; y, al constar en autos comenzará acorrer el lapso de cinco (05) días hábiles para que ejerza recurso de apelación. Transcurrido como fuere el lapso antes indicado, sin que la parte demandante ejerza el recurso pertinente, se ordenará el cierre y archivo del expediente.
Publíquese, Regístrese, Archivese Y Déjese Copia Certificada Por Secretaria.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIR.....