DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos que anteceden, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE DESALOJO, intentada por MARCOS JOSÉ DELGADO MONASCAL, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nos. V- 3.032.972, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil “MARCOS DELGADO BIENES RAICES C.A.”, asistido por el Abogado MAURICIO GONZALEZ QUINTANA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nos. V- 8.035.823, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 82.641, con domicilio procesal en la calle 21, Centro Profesional Mérida, piso 2, oficina F, Mérida Estado Mérida contra la ciudadana VILMA ROSA DÁVILA ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.475.589, domiciliada en la Avenida Centenario, Residencias Centenario, Edificio 6, apartamento No 4-6, Ejid.....