De tal manera que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se mantiene contra del ciudadano DANIEL DAVID RONDON ARAUJO, venezolano, natural de Timotes, titular de la cédula de identidad N° V-16.376.404, de 25 años de edad, soltero, nacido en fecha 07/04/1981, de profesión u oficio Chofer, hijo de Josefina Araujo y Rigoberto Rondòn, con residencia en Timotes Urbanización Chijos, Vereda 3, Casa N° 11, Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida; teléfono N° 0414-7411159una orden de aprehensión, y se fija la Audiencia Oral y Pública para la fecha 25 de Julio de 2007, a las dos y media (2:30) de la tarde. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución, en armonía con el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, así se decide,