ESTE TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de TITULO SUPLETORIO que acredita la legítima propiedad de las mejoras al ciudadano ALVEIRO RAMIRO ZERPA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.485.451, domiciliado en el sector La Huerta parte alta, Lagunillas Municipio Sucre del Estado Mérida asistido por el ciudadano Abogado OSTMAN EWALDO ALTUVE GUZMAN, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.002.882, inscrito en el Inpreabogado N ° 116.426, jurídicamente hábil, sobre unas mejoras y bienhechurías consistentes en una casa de habitación, ubicada en la Parroquia Lagunillas, Sector La Huerta, parte alta, casa s/n, Municipio Sucre del Estado Mérida, con un área d.....