EJECÚTESE DE SENTENCIA CONDENATORIA.
Visto que por error involuntario se inhibió la Abogada Marianela Marín Estrada, Juez de este Despacho, se deja sin efecto el acta de Inhibición de fecha 26-05-2010 y definitivamente firme como quedó la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 14-04-2010, por el Tribunal de Juicio Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en contra del penado, ciudadano: KEVIN JOSE PADRÓN ALVIZU, titular de la cédula de identidad N° V-24.424.959 venezolano, mayor de edad, de 19 años de edad, soltero, actualmente recluido en el Centro Penitenciario Región Andina, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de: DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, más la pena accesorias de ley, establecida en el artículo 16 del Código Penal, procede este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la Repú.....