DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 13, 158 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO MERIDA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente con Lugar la acción por Prestaciones Sociales y Demás Conceptos Laborales Adeudados, incoada por el ciudadano ANTONIO JOSÉ RAMIREZ CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.203.116 representado judicialmente por el Co-apoderado Abogado Jesús Armando Duque Briceño, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.933.446, e inscrito en el IPSA bajo el Nro. 302.134, y Procurador Especial de Trabajadores, contra la Ciudadana DULCE MARÍA MURZI QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.991.257, domiciliada en la Calle 21, e.....