PRIMERO: Se declara DESISTIDO el procedimiento incoado por la ciudadano LUIS ALBERTO CHACON DUARTE, dada su incomparecencia a la apertura de la audiencia preliminar en esta misma fecha y en virtud de su demanda en contra de la empresa ACTIVIDADES INTEGRADAS MAGE C.A (ACTIMAGE).
SEGUNDO: En razón a la naturaleza del presente fallo, no se condena en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consonancia con el artículo 64 ejusdem.
Por haberse decidido la presente causa en lapso legal, no se ordena la notificación de las partes.