Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, estando en la oportunidad procesal para pronunciarse sobre la admisibilidad de la presente demanda, se declara incompetente para su conocimiento y declina su competencia en el Juzgado Civil de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, que resulte competente por distribución, en virtud de la cuantía y a tenor de lo dispuesto en el literal b, del artículo 1º de la Resolución Nº 2023-0001, de fecha 24 de mayo de 2023, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
Se ordena remitir el presente cuaderno identificado con el alfanumérico LP21-X-2023-000003, junto con las actuaciones que lo conforman al Juzgado Civil de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, que resulte competente por distribución, una vez que quede definitivam.....