PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, efectuado por los co-demandantes, ciudadano JOSÉ JUAN MORA y la ciudadana MARÍA MIREYA VILLARREAL RIVAS, anteriormente identificados, en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, tenía incoado en contra la sociedad mercantil URBASER, C.A. y la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA, y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente juicio sólo para el ciudadano JOSÉ JUAN MORA y la ciudadana MARÍA MIREYA VILLARREAL RIVAS, continuando el presente juicio con el demandante JUVENCIO LUZARDO MONSALVE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la índole del fallo.