este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su incompetencia por razón del territorio para conocer de la reclamación de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, interpuesta por el Abg. JOSE ERNESTO CHAVEZ MEDINA, en su condición de apoderado judicial del ciudadano: NESTOR DAVID CORREA SALGADO; por lo que DECLINA la competencia para conocer de la presente acción en el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución que por distribución corresponda, con sede en la ciudad de Maracaibo Estado Zulia, el cual es el competente para conocer de dicha reclamación.
SEGUNDO: Se ordena remitir original del presente expediente al nombrado Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución que por distribución corresponda, co.....