PRIMERO: HOMOLOGADO el ACUERDO alcanzado entre la ciudadana RUBRIA AMARILIS MARQUEZ MEDINA y, el abogado PIERO SAMIN CONTRERAS MORALES, en representación de la Sociedad Mercantil "MOTORCYCLES, C.A.", (Ambas partes plenamente identificadas en actas procesales), dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.