PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el proceso incoado por el ciudadano PABLO EMILIO QUINTERO, contra la sociedad mercantil SOCIEDAD MERCANTIL ESCALANTE MOTORS MÉRIDA C. A., ambas partes identificadas en autos, ordenándose el cierre y archivo definitivo del presente expediente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la disposición contemplada en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.