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DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación formulado por el abogado Ramón Elías Rodríguez Andrade, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutora de data veinte (20) de noviembre de dos mil catorce (2014), proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en la causa principal signada con la nomenclatura Nº LP21-L-2013-000412.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia recurrida, en la cual se declaró:
".PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de desestimación de la tercería propuesta.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas."
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