En fuerza a las razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión proferida en fecha 08 de febrero del año 2001 por el Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión proferida en fecha 08 de febrero del año 2001 por el Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: Se Confirma la decisión proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obis.....