-VI-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR ACCIDENTAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se confirma la decisión sometida a consulta, conforme con el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, que declaró:
"PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE NULIDAD que fuera interpuesto por la ciudadana JUDITH MARGARITA SALAS CERRADA, titular de la cédula de identidad Nº 6.332.182, en contra del AUTO emitido por la Inspectoría del Trabajo del Estado Bolivariano de Mérida, de fecha 27 de marzo de 2013, dictado en el expediente administrativo No. 046-2013-01-00239.
SEGUNDO: Se declara la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la AUTO emitido por la Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida, de fecha 27 de marzo de 2013, dictado en el expediente ad.....