En fuerza a las razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE CONFIRMA el fallo objeto de consulta, de fecha 28 de marzo de 2005, proferido por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede alterna El Vigía, donde se declara Con Lugar la demanda que por Calificación de Despido interpuso la ciudadana Rosa Oliva Bracho Varela, en contra de la Alcaldía del Municipio Obispo Ramos de Lora del estado Mérida.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente asunto.