Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado Jim Douglas Morantes Monzón, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante Maria Juana Avendaño de Hernández, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, en fecha 18 de mayo de 2005.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, en fecha 18 de mayo de 2005, en la que declara Prescrita la acción incoada por la ciudadana Maria Juana Avendaño de Hernández contra La Gobernación del Estado Mérida, identifi.....