Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el Abogado José Luís Varela Zambrano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 56.400, apoderado judicial de la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL C.A SEGUROS CATATUMBO, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 07 de junio de 2004.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión apelada de fecha 07 de junio de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía.
TERCERO: Se condena en costas a la parte Apelante de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgá.....