DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por el profesional del abogado Eliseo Antonio Moreno Angulo, en su condición de apoderado judicial de las ciudadanas Ada Gabriela Dávila Méndez, Ana Margarita Arellano Guerrero, Denise Benavides, Egomar Mora, María Eugenia Barrera, Yajaira del Carmen Balza Guerra, (ya identificados)ejercido contra la Sentencia interlocutoria publicada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 20 de julio de 2018, de conformidad con lo señalado en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido, que declaró:
[omissis]
[...] IMPROCEDENT.....