IV-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la Providencia Administrativa N° PA-US-MER-009-2023, de fecha veinte (20) de junio de 2023, contenida en el Expediente N° US-MER-011-2023, emanada por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Mérida del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL), solicitada por el apoderado judicial la empresa Representaciones Male C.A., ya identificada.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.