PRIMERO: IMPROCEDENTE la consulta de la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, publicada en fecha tres (03) de agosto de dos mil doce (2012); que declaró: "(...) Primero: SIN LUGAR la demanda que por COBRO Y REINTEGRO DEL BONO BOLIVARIANO y OTROS CONCEPTOS LABORALES ha incoado el ciudadano CARLOS ALFONSO DAVILA SAAVEDRA, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.983.137, en contra de MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN DEL ESTADO MÉRIDA (...)".
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 97 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena la notificación a la Procuradora General de la República, de la presente sentencia.