En fuerza a las razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN formulado por el Abg. Dionny José Garcés López, en su condición de apoderado judicial del ciudadano ALPIDIO DUGARTE SANCHEZ, ya identificado, contra la decisión proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 18 de febrero de 2009, en la causa principal Nº LP21-L-2008-000319.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia recurrida, en consecuencia, Se declara Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano ALPIDIO DUGARTE SANCHEZ contra sociedad mercantil "C. A. GALLETERA CARABOBO", por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
TERCERO: Se condena a la sociedad mercantil "C. A. GALLETERA CARABOBO" a pag.....