PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN formulado por la profesional del derecho Patricia Elena Cabrera Manfredi, en su condición de co-apoderada judicial de la parte demandada contra la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, en fecha 20 de septiembre de 2010, por los motivos expuestos.
SEGUNDO: Se revoca la decisión recurrida, en consecuencia, se ordena la reposición de la causa al estado del llamado (por auto expreso) a la audiencia preliminar, no siendo necesaria la notificación, por cuanto las partes se encuentran a derecho de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: No se condena en costas a la parte demandada - recurrente por la naturaleza del presente fallo.