PRIMERO: Se Revoca la Sentencia publicada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 10 de agosto de 2012.
SEGUNDO: SE ORDENA al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, una vez recibido el expediente, sustancie el mismo y verifique la admisibilidad de la acción de nulidad, considerando las normas 33 y 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y en caso de ser necesario, aplicar el artículo 36 eiusdem referente a la subsanación. Advirtiéndole, que el recurso fue interpuesto bajo la figura de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997.
TERCERO: Se ordena notificar al Procurador General de la República, de conformidad con el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.