PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Hildegar Aguilar (accionante), asistido por el profesional del derecho Crisoido Rangel Javier Rangel Muñoz, contra la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 16 de diciembre de 2008; en consecuencia, se confirma el fallo recurrido, que declaró:
"(...) 1.- IMPROCEDENTE la Acción de Amparo constitucional intentada por el ciudadano: HILDEGAR AGUILAR, en contra de la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, (ambas partes identificadas en las actas procesales).
2.- NO HAY CONDENATORIA en costas en virtud de la naturaleza del fallo dictado. (...)"
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.