PRIMERO: La INCOMPETENCIA en razón de la materia, para conocer la presente causa incoada por la ciudadana RAMONA DEL CARMEN ARISMENDI RIVAS en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MERIDA; En consecuencia, se declina la competencia al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de lo Contencioso Administrativo de La Región de Los Andes, con sede en la ciudad de Barinas.
SEGUNDO: Remítase al mencionado Tribunal una vez quede firme esta decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.