DISPOSITIVO
En fuerza a las razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el abogado RAMON ALFONSO TERAN DIAZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, de la decisión de fecha veintisiete (27) de agosto de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
SEGUNDO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN de fecha veintisiete (27) de agosto de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte recurrente-demandada de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, Regístrese. Déjese copia autorizada.