IV-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio logrado entre las partes intervinientes en el presente juicio, por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO DÓLARES AMERICANOS (USD $ 2.574,00), en el equivalente que corresponde en moneda nacional (Bolívares), a la tasa de cambio oficial del día 18 de marzo de 2024, emitida por el Banco Central de Venezuela, vale decir, Bs. 36,32, lo que arroja la expresa cantidad de NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE, CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 93.487,68), en efecto, se le imparte el carácter de sentencia pasada de autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS ENRIQUE PACHECO C.....