Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la ciudadana Reina Coromoto Chacón Gomez, en su condición de Procuradora de Trabajadores y Apoderada Judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha 09 de julio de 2002.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha 09 de julio de 2002, en la que declara Parcialmente Con Lugar la defensa opuesta por el demandado y Sin Lugar la acción intentada p.....