Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, formulado por el profesional del Andrés Leonardo Albarrán Rivas actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "Cervecería Polar, C.A." (demandada) contra la sentencia definitiva publicada en fecha 10 de mayo de 2018 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, en la causa principal signada con la nomenclatura Nº LP21-L-2015-000324.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida, que declaró:
"(omissis)
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por COBRO DE INDEMNIZACIÓN DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL, LUCRO CESANTE y DAÑO MORAL, interpuesta por el ciudadano NELSON STALIN MERCADO GUZMAN, en contra de la sociedad mercantil CERVECERIA POLAR,.....