En fuerza a las razones de hecho y de derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación, interpuesto por el abogado GOLFREDO D`JESÚS MALDONADO, en su condición de apoderado Judicial de la parte demandante, en contra de la decisión judicial proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha treinta (30) de marzo del dos mil cinco (2005), por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA LA DECISION de fecha treinta (30) de marzo del dos mil cinco (2005), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS, a la parte demandante-apelante, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Or.....