PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por la profesional del derecho MARIEBE DEL CARMEN CALDERON RODRIGUEZ, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia publicada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 30 de octubre de 2012.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido.
TERCERO: No se condena en costas a la parte demandada – recurrente en ésta Instancia, conforme a la norma 76 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con el artículo 15 de la Ley de Universidades.
CUARTO: En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena la notificación al Procurador General de la R.....