Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se homologa el acuerdo alcanzado en los términos expuestos, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Desistida la apelación interpuesta por el abogado Cesar Augusto Guerrero Trejo, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada: AMARILLA DE LOS ANDES, C.A; y ORGANIZACIÓN AMARILLAS DE VENEZUELA, C.A, ya identificadas.
TERCERO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen una que quede firme la presente decisión y una vez que conste en auto el cumplimiento de los pagos que debe realizar por la demandada, se ordena el archivo definitivo del asunto.
CUARTO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el Parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Pr.....