Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA DEMANDA INTENTADA, por la ciudadana BETTY MIREYBA MEJIAS CASTILLLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V.- 6.064.378, en fecha 21 de febrero de 2017, en contra de la ciudadana MARISELA DEL CARMEN BENITEZ RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 6.845.361, en su condición de empleadora, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTO LABORALES. Publíquese la presente decisión.