Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES, interpuso la ciudadana: MARIA ISABEL REVUELTA VEGA, contra la empresa LÁCTEOS EL PARAÍSO, en la persona de su representante legal ciudadano: ISRAEL SALAS. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA BOLÍVARES CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS (Bs. 2.360,23) por los conceptos antes señalados. Así se establece
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de El Vigía, a los once (11) días del mes de julio de Dos Mil Ocho.
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