este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE la solicitud realizada por el Abg. Ángel Atilio Contreras Miranda, ya identificado, en su condición de apoderado judicial de la actora ciudadana VENUS ISIS MÁRQUEZ MARTÍNEZ, ya identificada en auto, por lo expuesto en la motiva. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.