dándose así inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo transaccional, el trabajador reconoce que el tiempo que estableció en la demanda de relación de trabajo no es la indicada en el libelo de demanda y se compromete a desocupar la finca en siete días hábiles siguientes al día de hoy, y en virtud de ello la parte demandada ofrece a la parte demandante la cantidad total de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs.12.000,00). Dicho monto será cancelado de la siguiente manera: PRIMERO: Se realizara en un pago único por la cantidad acordada, es decir, DOCE MIL BOLÍVARES (Bs.12.000,00) que la parte demandada entrega a la parte actora en cheque librado por el Banco Mercantil Nº 73035364 de fecha 15 de mayo de 2014, a nombre del trabajador. SEGUNDO: La parte actora, declara expresamente que acepta el pago que le hace la demandada en los términos expuestos y en consecuencia, declara que nada mas tiene que reclamar, por los conceptos demandados. Este tribunal en vista de que la mediación ha.....