En cuanto a las pruebas indicadas en dicho escrito en los particulares 2 y 5; las mismas se consideran inadmisibles por ser consideradas impertinentes y haber sido promovidas en forma incorrecta, en atención a los hechos que pretende la parte demandada dar por demostrados a partir de aquella; en virtud de lo estatuido en el artículo 75 en consonancia con lo señalado en el artículo 69 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo