DISPOSITIVO
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sede El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de las actuaciones a partir de la admisión de la demanda realizada por el Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede El Vigía, y se repone la causa al estado de que dicho Tribunal se pronuncie sobre la admisión o no de la demanda y en caso de admisión ordene la notificación del Procurador General de la República.
SEGUNDO: No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena publicar, registrar y dejar copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de .....