DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Desistida la Acción interpuesta por el ciudadano Roberto Ospino Morales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 23.040.171, en contra el ciudadano Braulio Segundo Bracho Gutiérrez , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.215.584, en su condición de propietario de la Hacienda Mónaco
SEGUNDO: No se condena en costa a la parte demandante.