- III -
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos precedentemente expuestos, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede alterna El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa en los términos siguientes:
PRIMERO: Se repone la causa al estado de que el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia, aplique el despacho saneador establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los fines de corregir los vicios y contradicciones detectados por este Tribunal que, adolece el escrito libelar interpuesto por el actor, ciudadano Robert Lebin Guilén Ceballos, en contra de la empresa Clínica Roa C.A., en la persona de su Director-Gerente Dr. José David Roa Gómez, y así se establece.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas del proceso.....