En este sentido procedió la ciudadana Juez a indicar que el Tribunal, verificadas como han sido las documentales que fueron consignadas por cada una de las partes y aunado a ello la manifestación del apoderado judicial del actor; se abstiene de pronunciarse con relación al presente asunto, en virtud que no tiene materia sobre la cual decidir en el mismo, en consecuencia se ordenó dar por terminado el expediente.