DECISIÓN:
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad, interpuesta por el abogado Alfredo Mendoza Almario, venezolano, titular de cédula de identidad Nº. 12.355.065, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.068, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil TIENDA`S MEGA + C.A. contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 0151-2013 emanado del ciudadano Inspector Jefe del Trabajo del Estado Mérida, abogado Yoberty Jesús Díaz el Veintidós (22) de julio del año dos mil trece (2013).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la sentencia dictada.