Visto el escrito de promoción de pruebas consignado por la representación procesal de la parte actora, Abogado Román José Rincón Ramírez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 65.926, inserto del folio 359 al 361 y vueltos; de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de seguidas pasa este Tribunal a providenciar las referidas pruebas: