Y verificado el escrito que obra al folio 77 de la presente causa, en el cual la apoderada judicial de la parte actora, hizo del conocimiento de este Tribunal el pago de la cantidad de dinero convenida; es por lo que este Tribunal considera procedente en derecho el acuerdo transaccional celebrado y en consecuencia homologa el mismo conforme a la Ley y en virtud de ello, ordena el cierre del presente expediente y su remisión al archivo judicial, para su guarda y custodia.
Publíquese, regístrese y déjese para su archivo copia fotostática certificada de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en consonancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma, el contenido del presente decreto. Así se decide.
LA JUEZ TITULAR,
Abg. Esp. MINERVA MENDOZA PAIPA
LA SECRETARIA
Abg. Marygerónima Jiménez Barahona.