De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ME ABSTENGO de conocer la presente causa, por cuanto esta Juez al efectuar una revisión de las actas procesales remitidas por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, advierte estar incursa en la causal prevista en el numeral quinto (5) del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente por haber manifestado opinión sobre la admisibilidad del mismo, según sentencia interlocutoria de fecha 23 de abril de 2008, que corre agregada a los autos desde el folio 79 al 80, ambos inclusive. En consecuencia, vista la naturaleza de la Acción de Amparo, así como de la celeridad procesal que amerita el mismo; y por cuanto, no existe para este Tribunal Jueces Suplentes o Conjueces que puedan ser convocados para que conozcan y decidan de la presente Acción de Amparo, por lo que se ordena remitir las prese.....