PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR Y RESIDENCIARSE EN EL EXTERIOR, e INSTITUCIONES FAMILIARES, suscrito y presentado por los ciudadanos KELVIS JESÚS CAMPOS VERA y NATHALY DEL VALLE DÁVILA LINARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-12.780.408 y V-15.583.883, en su orden, domiciliados en la Urbanización Santa Mónica, Bloque 2, edificio 1, apartamento 00-03, parroquia Domingo Peña, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente, números telefónicos 0426-5714109 y 0414-7443919, correos electrónicos kelvishamlet@gmail.com y nathalydav@gmail.com, respectivamente; a favor, de el adolescente KEN ALEJANDRO CAMPOS DÁVILA, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 32.117.921 F.N.: 10/03/2007, pasaporte N° 182150762; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.