este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, obrando de conformidad con el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" y "l" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y atendiendo al Interés Superior del niño JULEN SANTIAGO SANCHEZ, Resuelve: Declarar Bastantes las Probanzas evacuadas para acreditar que las niñas SE OMITEN NOMBRES, de 10 y 7 años de edad, forma parte de la carga familiar y depende económicamente de la ciudadana ROSA ELENA CERRADA DE ALTUVE