Vista la solicitud presentada por la ciudadana REBECA CAROLINA ARGUELLO BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.889.732, asistida por el abogado MARCOS NAHU NAVA PUENTES, inscrito en el Inpreabogado N° 70.056, actuando en nombre y representación de su hijo el niño SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de un (1) años de edad, quien solicita la AUTORIZACION JUDICIAL, para proceder a vender un bien mueble propiedad del referido niño, cuyas características son las siguientes: PLACA: AA791E0; SERIAL N.I.V: JTEBU17R68K013158, SERIAL CARROCERIA: JTEBU17R68K013158; SERIAL DE CHASIS: JTEBU17R68K013158; SERIAL MOTOR: 1GR5568746; COLOR: GRIS; MARCA: TOYOTA; AÑO: 2008; MODELO: 4 RUNNER 4X4/GRN215L-GKAZK; CLASE: CAMIONETA; TIPO: SPORTWAGON: USO: PARTICULAR; SERVICIO: PRIVADO; N° Puestos 5; EJES: 2; TARA: 1915; Cap. Carga: 495 KGS; N° de Autorización: 0297TY7669X7; tal y como se evidencia en el Certificado de Registro de Vehículo N° 160103014349 (JTEBU17R68K03158-3-1.....